#Senado aprueba Prisión preventiva para el huachicoleo, feminicidios y desaparición forzada

El Senado de la República avala prisión preventiva por delitos de
huachicoleo, desaparición forzada y feminicidios. La reforma ahora tendrá que ser aprobada en la Cámara de Diputados.

Según esta reforma: El Ministerio Público solo podrá solicitar al juez, la prisión preventiva o cautelar, cuando no pueda garantizarse la comparecencia del imputado o la continuidad de la investigación.

El pleno del Senado aprobó la reforma al Artículo 19 constitucional que establece la prisión preventiva oficiosa a diversos delitos como:

Con 91 votos a favor y 18 en contra, el pleno del Senado aprobó en lo general el dictamen que reforma el artículo 19 constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa, en el cual se amplía el catálogo de delitos que ya incluye:

  • Huachicoleo.
  • Corrupción.
  • Delitos electorales.
  • Robo a transporte de carga.
  • Delito de desaparición forzada de personas.
  • Desaparición de personas cometida por particulares.
  • Feminicidios, y otros delitos.

La reforma establece que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cautelar cuando no se pueda garantizar la comparecencia del imputado, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima o testigos, o el imputado haya sido procesado por delitos dolosos.

Las propuestas de reforma fueron avaladas en lo general y en lo particular, y se remitió a la Cámara de Diputados para su aprobación.

En contra: Desde la Oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en materia de Derechos Humanos, así como del grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, advirtieron que esta medida representaría un posible debilitamiento de los derechos y garantías a la presunción de inocencia.

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